Suprema Corte de Justicia de
La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) emitió una resolución histórica al amparar a Dulce Belem Sánchez Castañeda, ex agente de la Policía Federal, quien sufrió presuntos actos de tortura durante su embarazo en 2012, provocándole un aborto. La Corte invalidó las diligencias realizadas durante su arraigo y estableció parámetros nacionales para la detención de mujeres embarazadas.
Sánchez Castañeda, detenida en la Ciudad de México por el delito de secuestro exprés, aseguró encontrarse en Guadalajara, comisionada por la Policía Federal para un evento de la FIFA Sub-17, presentando como prueba documentos oficiales y testimonios que corroboran su presencia en Jalisco. A pesar de su embarazo, fue sometida a presuntos actos de tortura, incluyendo golpes, quemaduras de cigarro y cortes. Posteriormente, fue condenada a 70 años de prisión, sentencia confirmada por la Sexta Sala Penal del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México.
Tras promover un amparo, argumentando la incorrecta valoración de las pruebas presentadas por su defensa, la Primera Sala determinó la nulidad de las diligencias del arraigo, al considerar que la autoridad que lo ordenó carecía de competencia. Además, se declaró la nulidad de su identificación como responsable de los delitos imputados, debido a la falta de asistencia legal durante las diligencias de reconocimiento. La Corte también observó la ausencia de certificados de estado físico durante su arraigo, lo que impidió la verificación de posibles malos tratos.
La resolución de la SCJN, presentada por la Ministra Loretta Ortiz Ahlf, establece parámetros cruciales para la detención de mujeres embarazadas:
– Inspecciones corporales: Deben ser realizadas por personal femenino capacitado, respetando la dignidad y privacidad de la mujer.
– Coerción: Queda prohibida cualquier forma de coerción contra mujeres embarazadas, durante el parto o postparto, o tras un aborto.
– Acceso a derechos: Las mujeres embarazadas detenidas deben tener acceso a familiares, asesoramiento legal e información sobre las reglas del lugar de detención.
– Monitoreo del embarazo: Se debe conocer el estado del embarazo para atender sus necesidades específicas.
– Revisión médica: Es obligatoria una revisión médica para verificar la integridad personal y posibles malos tratos.
– Identificación: Es fundamental identificar a las mujeres embarazadas o que hayan sufrido un aborto para garantizar su acceso a la salud.
La SCJN instruyó a un Tribunal Federal a determinar la relación causal entre el aborto y la tortura denunciados, abriendo la posibilidad de una revisión de la condena de 70 años de prisión impuesta a Sánchez Castañeda. Esta decisión sienta un precedente importante para la protección de los derechos humanos de las mujeres embarazadas en el sistema de justicia mexicano.
