El 23 de marzo la Cámara de Diputados aprobó la “Ley Ingrid”, una reforma la fracción 29 al artículo 225 del Código Penal Federal que busca sancionar a servidores públicos que filtren o difundan información sobre una investigación penal.
La ley se creó a raíz del feminicidio de Ingrid Escamilla, ocurrido en febrero del 2020. Las fotografías de su cuerpo descuartizado fueron filtradas por la policía de Ciudad de México y publicadas en la portada de varios medios. Ahora, las personas encargadas de resguardar las escenas de un crimen serán penalizadas si divulgan imágenes de las víctimas o lucran con ellas. Ya no podrán exponer imágenes, audios, videos, documentos o información sobre la investigación, así como las condiciones personales de una víctima o circunstancias de un delito.
“No solo se busca sancionar conductas de los servidores públicos, sino inhibirlas, en una cultura de erradicación de la violencia, la lógica es la no repetición de hechos”, dijo la diputada, Aleida Alavez, al fundamentar el dictamen de la “Ley Ingrid”.
Las sanciones van de 10 años de prisión y de 100 a 150 días de multa. Las sanciones aumentarán una tercera parte, en su mínimo y máximo, en caso de que se difunda información que se refiera a mujeres, niñas, niños, adolescentes o personas con discapacidad.
El dictamen de la “Ley Ingrid” fue avalado de forma unánime, y deberá pasar al Senado para su revisión.
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