Deben cines poner subtítulos a películas

 

 

 

En un fallo histórico, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inconstitucional la restricción de la Ley Federal de Cinematografía que limitaba el doblaje y subtitulado de películas únicamente a las clasificadas para público infantil y documentales educativos. A partir de la notificación oficial al Congreso de la Unión, todas las salas de cine del país deberán exhibir películas en su idioma original subtituladas al español, pudiendo ofrecerse dobladas, pero siempre con subtítulos.

 

La decisión, tomada con nueve votos a favor y uno en contra, culmina un litigio de tres años iniciado por empresas cinematográficas que se oponían a la obligatoriedad del doblaje y subtitulado para todas las películas. El fallo se basa en una resolución previa de la Primera Sala de la Corte, que en 2022 otorgó un amparo a personas con discapacidad auditiva que requerían subtítulos para acceder al cine. Al no modificar el Congreso la Ley Federal de Cinematografía en el plazo otorgado, la Corte procedió a declarar la inconstitucionalidad de las cláusulas restrictivas.

 

El Ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo explicó que la declaratoria invalida únicamente las porciones del artículo octavo que limitaban el doblaje y subtitulado a películas infantiles y documentales educativos. En adelante, el artículo octavo se interpretará como: «Las películas serán exhibidas al público en su versión original y subtituladas al español; en los términos que establezca el reglamento podrán exhibirse dobladas, pero siempre subtituladas en español».

 

Si bien el Ministro Alberto Pérez Dayán coincidió con la decisión, señaló que una sentencia previa de la Segunda Sala había adoptado una postura más flexible, permitiendo la exhibición sin subtítulos si se ofrecía simultáneamente la opción con subtítulos en otras salas. Esta discrepancia refleja la complejidad del tema y la necesidad de equilibrar los derechos de acceso al cine para personas con discapacidad con las prácticas comerciales de la industria cinematográfica.

 

Este fallo se suma a otras resoluciones de la Corte en favor de la inclusión de personas con discapacidad. En marzo de 2024, la Segunda Sala otorgó un amparo a una persona con ceguera, estableciendo la necesidad de ofrecer audiodescripción además del doblaje y subtitulado. Estas decisiones marcan un precedente importante para garantizar el acceso equitativo al cine para todas las personas en México.

Eduardo Yañez

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