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Deja SCJN firme sentencia contra Luis de Llano por abuso

La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) confirmó la condena civil contra el productor Luis de Llano por la relación que mantuvo con la cantante Sasha Sokol cuando ella era menor de edad. Este fallo sienta un precedente crucial al establecer que no habrá prescripción para demandas civiles por abuso sexual contra menores, incluso cuando la vía penal no pueda proceder.

La Corte, por unanimidad, desestimó el amparo solicitado por De Llano contra la sentencia de la Séptima Sala Civil del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de la Ciudad de México, emitida el 26 de septiembre de 2023. Dicha sentencia condenó al productor a indemnizar a Sokol por daño moral, ofrecer una disculpa pública, tomar un curso especializado en prevención de abuso sexual y a abstenerse de mencionar a la artista o el caso.

De Llano argumentó que la sentencia violaba los principios de certeza y seguridad jurídica, alegando que el TSJ excedió sus atribuciones al modificar la sentencia original y condenarlo por hechos que, según él, debieron ser denunciados por los padres de Sokol en su momento o por la propia Sokol al alcanzar la mayoría de edad. También afirmó que los padres estaban al tanto de la relación.

El ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo, autor del proyecto de resolución, refutó estos argumentos, destacando la dificultad que enfrentan las víctimas de abuso sexual infantil para reconocer el daño sufrido, especialmente debido a la manipulación emocional que caracteriza al «grooming». El grooming, explicó el ministro, es una práctica donde un adulto gana la confianza de un menor para abusar sexualmente de él, ya sea física o virtualmente.

Pardo Rebolledo también señaló que la normalización social de relaciones impropias, exacerbada por la desigualdad de género, la pobreza y el adultocentrismo, dificulta la identificación del daño y la búsqueda de justicia por parte de las víctimas. El silencio social, la romantización de estas relaciones y la culpabilización de las víctimas contribuyen a su aislamiento y a la dificultad para denunciar.

El ministro citó un informe de la Relatora Especial de la ONU sobre la explotación sexual infantil en la industria del entretenimiento, que evidencia la alta frecuencia de abusos en diversos ámbitos, incluyendo cine, televisión, música y redes sociales. Señaló la vulnerabilidad de los menores frente a figuras con poder e influencia que se aprovechan de sus aspiraciones y de la de sus familias.

Este fallo representa un avance significativo en la protección de los derechos de los menores víctimas de abuso sexual, al eliminar la barrera de la prescripción en demandas civiles y reconocer la complejidad del «grooming» y las dinámicas de poder involucradas. La decisión de la Suprema Corte refuerza la necesidad de una justicia sensible a las víctimas y comprometida con la erradicación de la violencia sexual contra menores.

Antecedentes: En 2022, Sasha Sokol denunció públicamente el abuso sexual sufrido por parte de Luis de Llano. Tras una sentencia civil inicial, tanto Sokol como De Llano apelaron. La apelación de Sokol incluyó la demanda por responsabilidad civil derivada del abuso sexual durante su minoría de edad, lo que llevó a la sentencia definitiva confirmada por la SCJN.

Eduardo Yañez

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