El pago de servicios educativos, mejor conocido como colegiaturas, no sólo es una inversión a largo plazo en la educación de tus hijos, también puede significar una de menor plazo, ya que, aunque no lo creas, puede ser deducible de impuestos y que, al presentar tu declaración anual, puedas tener un saldo a favor ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT)
Este estímulo fiscal se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 26 de diciembre de 2013 y se realiza en la declaración anual del Impuesto Sobre la Renta (ISR) de personas físicas.
Las deducciones de gastos en colegiaturas son deducciones personales, lo que quiere decir que sólo se podrá deducir si la colegiatura es para ti, tus hijos (incluso si son adoptivos), tu cónyuge o tus padres.
Al pagar a la escuela con tarjeta, cheque o transferencia electrónica puedes solicitar, desde kínder hasta bachillerato, que emitan tu factura.
Es importante revisar que el concepto no incluya otros tipos de gastos escolares o transporte, con ello se podrá incluir automáticamente en la declaración anual.
Debes de revisar que la escuela esté autorizada o con reconocimiento de validez oficial de estudios de acuerdo a los términos de la Ley General de Educación para que sea valida la deducción.
Dependiendo del nivel educativo hay un límite anual a la deducción por colegiaturas. Si en el año tu hijo cursó dos niveles distintos (por ejemplo, pasó de la primaria a la secundaria), el límite de deducción es el que corresponda al monto mayor de dichos niveles educativos.
Preescolar $14,200.00
Primaria $12,900.00
Secundaria $19,900.00
Profesional técnico $17,100.00
Bachillerato o su equivalente $24,500.00
Cuando realices en un mismo año, por una misma persona, pagos por servicios de enseñanza correspondientes a dos niveles diferentes, el límite de deducción es la que corresponda al monto mayor de dichos niveles educativos.
Para poder aplicar el estímulo, quienes hagan pagos de colegiaturas deben presentar las facturas electrónicas correspondientes en el año en curso a los archivos .XML validados y aprobados por el SAT.
Asimismo, el uso de transporte escolar también se puede deducir, siempre que la escuela requiera que todos los alumnos lo paguen. A diferencia del pago de colegiatura, sólo puedes deducirlo si los beneficiados son tus hijos o nietos. Para poder deducir este gasto, es necesario que el medio de pago sea alguno de los mencionados arriba, a menos que se efectúe en una zona sin acceso a instituciones financieras.
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