Un juez federal otorgó una suspensión provisional al actor Alfredo Adame Von Knoop, impidiendo su detención o aprehensión por delitos que no ameriten prisión preventiva oficiosa.
De acuerdo con registros judiciales, esta medida cautelar no podrá evitar la ejecución de una prisión preventiva justificada en caso de que Adame se presente ante el juez que ordenó su aprehensión y éste decida imponerla.
José Elías Pacheco Martínez, juez Décimo Sexto de Distrito en Materia Penal, admitió a trámite la demanda y concedió la suspensión provisional.
En el expediente, no se especifica contra qué autoridad ni contra qué supuesto delito busca protegerse Adame.
En los últimos años, Alfredo Adame estuvo envuelto en diversos escándalos. La Fiscalía General de la República (FGR) lo imputó por presuntamente no informar al Servicio de Administración Tributaria (SAT) sobre su verdadero domicilio fiscal, lo que resultó en su vinculación a proceso por un juez de control. Además, Carlos Trejo, conocido como «El Cazafantasmas», lo señaló hace unos meses por una supuesta implicación en un homicidio ocurrido en 2006.
El juez Pacheco Martínez solicitó a diversas autoridades que rindan informes justificados para determinar si existe algún mandamiento judicial contra el actor. La audiencia incidental, en la que se definirá si se concede la suspensión definitiva, está programada para el próximo 9 de septiembre.
Por el momento, la suspensión provisional protege a Adame contra cualquier orden de citación, comparecencia y/o aprehensión emitida en su contra, así como su ejecución.
El juez detalló que, si Adame se presenta ante el juzgador responsable para continuar su proceso penal, cualquier medida cautelar impuesta, incluso la prisión preventiva justificada, no podrá ejecutarse mientras la suspensión esté vigente. Esto se debe a que Adame estará a disposición del órgano jurisdiccional en lo que respecta a su libertad personal, en razón del alcance de los efectos de la suspensión concedida.
Para que la medida cautelar no pierda sus efectos, se ha impuesto una garantía de diez mil pesos, que deberá ser cubierta en un plazo de cinco días a partir de su notificación legal.
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