IECM abre la puerta a más foros de debate para la elección judicialAdicional a los 86 foros de debate que organiza el Instituto Electoral de la Ciudad de México (IECM) entre candidaturas de personas juzgadoras, también medios de comunicación, instituciones académicas, organizaciones de la sociedad civil, instituciones del sector público, privado o social y personas físicas o morales podrán organizar y celebrar por su cuenta estos ejercicios entre Magistraturas y Juzgados del Poder Judicial local.
Los debates podrán realizarse en el periodo de campañas electorales en la Ciudad de México, que inició el pasado 14 de abril y concluirá el 28 de mayo de 2025, y deberán observar condiciones de equidad, así como los Lineamientos y Formatos aprobados por el Consejo General de IECM.
Las personas, instituciones, organizaciones y medios de comunicación interesadas en realizar debates deberán comunicar a la Comisión Provisional de Seguimiento para la Organización y Celebración de los Foros de Debates para el Proceso Electoral Local Extraordinario del Poder Judicial 2024-2025 del IECM, por lo menos 48 horas antes de la celebración del debate, especificando el tipo de trasmisión y difusión, los detalles de su realización, el formato, tiempo de intervención acordados, la fecha, el lugar, el nombre de la persona o personas que actuarán como moderadoras, los temas a tratar y el nombre de las personas responsables de la organización del foro.
Para la celebración de los encuentros, se deberá procurar la paridad, así como convocar a todas las personas candidatas del mismo distrito y materia. En cada foro de debate tendrán que participar por lo menos dos candidaturas al mismo cargo y materia, otorgando el mismo trato para todas las personas que acepten, sin posibilidad de negar su participación por motivos de agenda, tiempo o espacio.
La promoción que realice el sector público sobre los foros que organice, deberá ser neutral, sin que a través de ésta se resalte nombre, imagen o propuesta de alguna candidatura sobre otra, o bien, que pueda privilegiarse a una candidatura en específico con más anuncios, infografía en redes sociales o medios digitales.
En los encuentros, las candidaturas deberán evitar mostrar en pantalla símbolos religiosos o partidistas y conductas prohibidas como interrupciones, lenguaje discriminatorio, entre otras.
En caso de no cumplir con estas disposiciones, podrán ser sujetas a sanciones conforme a la normatividad aplicable.
Las personas o entidades organizadoras deberán colaborar con el IECM o cualquiera otra autoridad sustanciadora, cuando se denuncien conductas contrarias a la legislación en los foros organizados por ellas.
No podrán participar en la organización de foros de debate las asociaciones que pretendan registrarse como partidos o agrupaciones políticas, nacionales o locales.
Al finalizar los Foros, las personas organizadoras deberán informar los resultados de los mismos al IECM, incluyendo el número de personas que participaron, número y nombre de candidaturas.
Para más información, consulta el Acuerdo IECM/ACU-CG-046/2025 aquí: https://www.iecm.mx/www/taip/cg/acu/2025/IECM-ACU-CG-046-2025.pdf
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