El Instituto Electoral de la Ciudad de México (IECM) impartió un curso de capacitación dirigido a las candidaturas a Magistraturas y Juzgados locales, sobre los Lineamientos para garantizar la equidad en la contienda y el cumplimiento de las reglas de propaganda para la elección de personas juzgadoras del Poder Judicial local.
Durante la sesión virtual se abordaron temas como las restricciones que deben observar las candidaturas, las personas servidoras públicas en funciones, quienes operan programas sociales, así como partidos políticos, dirigencias, representantes, militantes y personas afiliadas.
Asimismo, se presentaron las características de la propaganda electoral, las reglas para su colocación en vía pública y propiedad privada, y el procedimiento para su retiro al concluir las campañas electorales.
En su intervención, la Consejera Electoral y presidenta de la Comisión Permanente de Quejas del IECM, Sonia Pérez Pérez, explicó las restricciones aplicables a personas servidoras públicas y juzgadoras que participen como candidatas durante el Proceso Electoral Local Extraordinario 2024-2025.
“Lo que nos toca como Instituto es poder dar claridad a aquello que no está expresamente normado, pero que a través de precedentes judiciales en materia electoral va quedando definido”, apuntó.
Enfatizó que las personas servidoras públicas tienen prohibido realizar actos de proselitismo o manifestarse a favor o en contra de alguna candidatura, independientemente de la institución en la que laboren o del cargo que ocupen.
Subrayó también que está prohibido utilizar las áreas de comunicación social con fines proselitistas, debiendo conservar la información difundida un carácter estrictamente institucional y no vinculado con el proceso electoral.
Asimismo, indicó que no se pueden destinar recursos públicos a favor de candidaturas, ni emitir expresiones que, por la investidura de quien las realice, puedan influir en los resultados del proceso. Tampoco se permite realizar actividades institucionales con fines proselitistas ni asignar personal a tareas relacionadas con la propaganda electoral.
No obstante, aclaró que las personas servidoras públicas sí pueden referirse al proceso electoral, promover la participación y llamar a la ciudadanía a ejercer su derecho al voto, siempre que mantengan una postura neutral frente a las candidaturas.
“Pueden hacer referencia también a la Jornada Electoral e incluso enseñar de forma didáctica cómo votar para incentivar la participación. Por eso hemos visto a personas funcionarias llamar a votar el 1 de junio, pero todo debe hacerse con imparcialidad; la prohibición es decir ‘esta es mi candidatura’”, puntualizó.
Respecto de quienes administran programas sociales, precisó que tienen estrictamente prohibido utilizarlos con fines proselitistas. También señaló que las personas servidoras públicas no pueden moderar los debates entre candidaturas.
Finalmente, la Consejera Electoral resaltó que los partidos políticos no pueden tener ningún tipo de injerencia en el Proceso Electoral Local Extraordinario 2024-2025. Esto incluye emitir opiniones sobre candidaturas, entregar recursos para campañas, prometer beneficios a cambio del voto, contratar encuestas o difundirlas.
En el evento también contó con la participación del personal de la Dirección Ejecutiva de Asociaciones Políticas y Fiscalización, y durante la sesión se atendieron las dudas y comentarios planteados por las personas participantes.
El IECM vigilará que candidaturas, personas servidoras públicas, partidos políticos y la ciudadanía en general cumplan con los Lineamientos que garantizan la equidad en la contienda y las reglas de propaganda para la elección de personas juzgadoras del Poder Judicial de la Ciudad de México.
