La SCJN deja abierta la puerta a la inequidad en las campañas para jueces
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) falló en contra de las impugnaciones presentadas contra la reforma que permite a los candidatos a jueces, magistrados y ministros financiar sus propias campañas.
Esta decisión, a pesar de las advertencias de varios ministros sobre la inequidad que genera, deja un vacío legal que socava la imparcialidad y la equidad en el proceso de selección.
Si bien seis ministros reconocieron que el financiamiento personal crea una desventaja para candidatos con menos recursos –una situación que afecta particularmente a quienes no perciben altos sueldos–, la falta de ocho votos para invalidar la reforma (artículo 552, fracción I, de la LGIPE) ha permitido que la norma siga vigente. Esta situación ha sido duramente criticada por la oposición y por analistas que señalan un riesgo para la legitimidad del proceso de selección judicial.
El ministro ponente, Jorge Mario Pardo Rebolledo, declaró fundadas las impugnaciones, señalando la inequidad inherente al sistema. El ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá fue especialmente crítico, argumentando que el dinero no debería ser un factor determinante en la elección de jueces, y que permitir el financiamiento personal contradice la voluntad popular de que los jueces representen los intereses del pueblo, no de quienes financian sus campañas. Alcántara Carrancá enfatizó que, si bien el Congreso previó la posibilidad de que los candidatos usen recursos propios para gastos personales, viáticos y traslados, la norma adolece de «serios vicios de inconstitucionalidad» al contravenir la prohibición constitucional del financiamiento privado.
El ministro Alberto Pérez Dayán también resaltó la desigualdad que se genera, ya que algunos candidatos pueden utilizar sus propios sueldos para financiar sus campañas, mientras que otros no tienen esa posibilidad.
La discusión se vio además enturbiada por la pregunta del ministro Javier Laynez Potisek sobre un posible conflicto de interés, dado que tres ministras (Lenia Batres Guadarrama, Yasmín Esquivel Mossa y Loretta Ortiz Ahlf) que votaron en contra de la invalidez de la norma son candidatas a la reelección. A pesar de las preocupaciones planteadas, Batres y Ortiz argumentaron que no existe impedimento para su participación en la votación, basándose en criterios previos de la Corte.
La decisión de la SCJN no solo ignora las preocupaciones sobre la inequidad, sino que también deja una puerta abierta a la influencia indebida en el proceso de selección judicial. La falta de un financiamiento público equitativo y la posibilidad de que candidatos con mayores recursos tengan una ventaja decisiva, erosiona la confianza pública en la imparcialidad del sistema judicial. Esta decisión representa un retroceso en la lucha por una justicia más transparente y accesible para todos.
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