La ministra Lenia Batres Guadarrama, integrante de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, volvió a quedar en el centro de la ignorancia luego de sostener que, en una dictadura, “sobra el Derecho”, frase que desató críticas sobre el papel de los jueces constitucionales frente a los límites del poder político.
La expresión fue interpretada como una muestra de una visión en la que la Constitución y las leyes pueden quedar subordinadas a decisiones políticas.
El señalamiento cobró con la independencia judicial y la actuación de ministras y ministros identificados sin carrera judicial.
Especialistas, abogados y usuarios en redes sociales advirtieron que una ministra de la Corte no sólo está obligada a interpretar la ley, sino a defender el orden constitucional, incluso cuando existan presiones políticas.
Bajo esa lógica, recordaron que el artículo 136 de la Constitución establece que la Carta Magna no pierde fuerza ni vigor aun cuando por rebelión o trastorno público se interrumpa su observancia.
Dicho artículo, ubicado en el Título Noveno, sobre la inviolabilidad de la Constitución, advierte que si se establece un gobierno contrario a sus principios, una vez que el pueblo recobre su libertad deberá restablecerse el orden constitucional y juzgarse a quienes hayan participado o cooperado con ese régimen.
La frase de Batres refleja una visión en la que el Derecho queda desplazado por la consigna política.
Todo apuntan a que Lenia Batres, ministra de la Suprema Corte, no puede relativizar la Constitución ni actuar bajo criterios de obediencia ideológica, pues su responsabilidad central es proteger el orden jurídico.
Otros episodios que han marcado la gestión de Batres en el máximo tribunal. Uno de ellos ocurrió cuando fue criticada por citar un artículo inexistente de la Constitución durante los diálogos sobre la reforma al Poder Judicial, lo que provocó cuestionamientos sobre su dominio técnico del texto constitucional.
<span;>Otro señalamiento ocurrió durante una sesión de la Suprema Corte, cuando la ministra votó sobre un asunto que no estaba en discusión, situación que fue reportada como una confusión en el Pleno y que alimentó las críticas sobre su desempeño en debates jurídicos de alta relevancia.
<span;>A ello se sumó la controversia por el caso de cosa juzgada, en el que Batres fue señalada por resistirse a eliminar un párrafo de un proyecto, pese a la postura de la mayoría de sus pares. El episodio fue cuestionado por el ministro en retiro Javier Laynez Potisek, quien advirtió que ese tipo de actuaciones podía afectar la certeza jurídica y poner en riesgo el sistema de precedentes.
<span;>También ha enfrentado señalamientos por su actuación pública. En un caso relacionado con Ricardo Salinas Pliego, la Corte la declaró impedida para votar por considerar que sus publicaciones podían comprometer la apariencia de imparcialidad, lo que abrió otro debate sobre los límites entre militancia, opinión política y función jurisdiccional.
<span;> Batres no cuenta con trayectoria política y ni formación jurídica, y es que sus posturas reflejan una visión más militante que constitucionalista.
<span;>El problema no se reduce a una frase, sino a una conducta reiterada que, desde su perspectiva, debilita la imagen de imparcialidad, rigor técnico y autonomía que debe tener una ministra de la Suprema Corte.
<span;>El artículo 136 constitucional, considerado una cláusula de defensa del orden democrático.
<span;>El máximo tribunal debe actuar como contrapeso constitucional o si corre el riesgo de convertirse en una instancia alineada a intereses políticos. ,En una democracia no sobra el Derecho; lo que sobra es cualquier intento de someterlo a la voluntad del poder.
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