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Mañana arranca prueba piloto para garantizar el acceso a la seguridad social a personas trabajadoras de plataformas digitales: IMSS

 

 

 

El director general del IMSS, Zoé Robledo, informó que, a partir de mañana 1 de julio, inicia el programa piloto para garantizar seguridad social a personas que laboran en plataformas digitales como: Uber, Didi, etcétera.
Por lo que, a través de redes sociales, Robledo Aburto anunció que se habilitó un micrositio para quienes quieran conocer más sobre estas nuevas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo.
Refirió que en esta página se podrá encontrar desde información general como el marco normativo del cambio de ley, un podcast que ayuda a explicar las reglas de operación, así como información específica para trabajadores y empleadores
Destacó que el micrositio cuenta con una sección de preguntas y respuestas frecuentes, un apartado de contacto con teléfono, correo electrónico y redes sociales vinculadas a este tema
Dijo que la prueba piloto durará 180 días naturales y se busca evaluar la eficiencia del portal para detectar áreas de oportunidad y mejorarlo.
Cabe recordar que el IMSS publicó las reglas de carácter general de esta prueba piloto el martes pasado en el Diario Oficial de la Federación (DOF).
En el documento se establecieron los requisitos que se requieren para que los dueños de empresas de plataformas digitales otorguen la prestación de seguridad social a sus trabajadores.
Explica que los patrones deberán darse de alta ante el IMSS como empresa de plataforma digital y obtener su registro patronal; y posteriormente inscribir a las personas susceptibles al servicio de seguridad social, “con al menos un salario mínimo general diario de la Ciudad de México”.
Añade que las personas trabajadoras en este sector serán consideradas trabajadoras independientes, y si al final de cada mes no alcanzan a generar el ingreso mensual neto que se requiere, podrán tramitar su aseguramiento en el IMSS bajo el esquema de incorporación voluntaria al Régimen Obligatorio del Seguro Social.
Ahí mismo, dice que si el trabajador sufrió algún accidente por riesgo de trabajo, y no cuenta con los ingresos generados necesarios que marca el programa, el patrón con quien hayan sufrido el accidente o enfermedad de trabajo deberá cubrir el aseguramiento al Régimen Obligatorio del IMSS durante el lapso de las incapacidades, cubriendo las cuotas obrero patronales correspondientes.

Eduardo Yañez

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