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¿No sabes cómo hacer tu declaración anual? Esta Tiktoker te enseña

La muerte y los impuestos son las dos cosas que todos tenemos aseguradas. Por eso, cumplir con tus obligaciones fiscales ante el Servicio de Admiración Tributaria (SAT) es de vital importancia. Pero presentar la declaración anual es algo que puede parecer complicado, y muchas personas prefieren pagar para que alguien más lo haga por ellos cuando en realidad puede ser bastante sencillo.

Lucy Her, mejor conocida en TikTok como @princesagodin, se especializa en crear contenido para las personas que trabajan en oficinas, explicando de forma simple algunos de los trámites que puedes llegar a requerir si trabajas como empleado.

La Tiktoker explicó de manera corta y precisa cómo y dónde presentar la declaración anual de personas físicas, y gracias a ella muchas personas están por fin entendiendo cómo realizar este trámite.

“Ahorita lo único que puede hacer es chismear en toda tu información y puedes ver si le debes o el SAT te va a regresar dinero” comentó en su video publicado en marzo.

@princesagodin Declaración Anual #princesagodin #godinez ♬ Love You So – The King Khan & BBQ Show

¿Qué es la declaración anual?

Es trámite en el que las personas físicas o morales presentan un reporte de todas las operaciones que realizaron durante el año ante el SAT. La fecha límite para hacer la declaración anual de personas físicas en 2022 es hasta el 2 de mayo.

¿Quiénes deben presentar la declaración anual?

Todos los asalariados que cumplan con al menos uno de estos requisitos:

  • Trabajadores bajo el régimen de honorarios (Servicios profesionales).
  • Tuvieron 2 o más empleadores en el último año.
  • Sus ingresos excedieron los 400 mil pesos en el último año.
  • Recibieron sueldo de empresas en el extranjero que no tengan obligación de hacer retenciones en México.
  • Quienes recibieron conceptos de indemnización o jubilación.
  • Aquellos que cobran rentas o hicieron una venta de un bien inmueble.
  • Todos los que realicen actividades empresariales, a menos que tributen en el Régimen de Incorporación Fiscal.
  • Los que obtuvieron ingresos por concepto de intereses reales que superaron los 100 mil pesos.
Redacción

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