Fue desechado un amparo por la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) que promovió un grupo de ejidatarios de Oaxaca que fueron despojados de sus tierras debido a la mala actuación de un abogado, quien presuntamente mediante engaños consiguió representar legalmente a ambas partes de un mismo juicio, logrando así un fallo a su conveniencia.
Tras descubrir el engaño, los afectados interpusieron un juicio denunciando la vulneración a su derecho a una defensa técnica adecuada.
El asunto llegó a la Corte como amparo directo en revisión, el cual fue desechado por cuatro votos contra uno.
El proyecto del ministro Javier Laynez Potisek indica que por no contener algún tema constitucional o relativo a algún tratado internacional, no era procedente que la Corte revisara el caso.
La ministra Lenia Batres lamentó que por cuestiones de formalismo extremo se haya desechado la demanda.
Agregó que la SCJN tenía que revisar el asunto, porque se trata de un caso donde se violó el derecho humano a una defensa adecuada, que además contiene una naturaleza social por tratarse de los derechos agrarios de un ejido.
“Una defensa adecuada es fundamental para materializar la protección de los derechos y pretensiones, no es correcto obviar mucho menos en instancias agrarias, que con el simple hecho de que la autoridad responsable en la litis tenga por autorizados a los abogados de las partes haya cumplido con su función garante, pues en el caso que nos ocupa queda evidenciada la omisión de advertir o prever un posible conflicto de intereses al tomar protesta a un mismo abogado que representa los interés de partes contrarias, e incluso configurarse alguno de los delitos previstos en el Título II Delitos cometidos por abogados, patronos y litigantes del Código Penal Federal”, mencionó la ministra.
Los ejidatarios señalaron en su demanda que, al revisar el expediente y con asesoría legal, se percataron que habían sido representadas falsamente y engañadas, pues no debió realizarse actuación alguna en la audiencia porque no estaban asesoradas todas las partes; que en el acta de la audiencia se omitió asentar que la Procuraduría Agraria no proporcionó asesor jurídico; que la responsable permitió que Omar Lazcares Colmenares se ostentara falsamente como su asesor, cuando también asesoraba a su contraparte en el juicio agrario.
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