La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) emitió una declaratoria general de inconstitucionalidad contra los artículos 143, 145 y 146 del Código Penal de Chihuahua, considerándolos contrarios a la Constitución Federal por criminalizar el aborto. Esta decisión, con efectos retroactivos, beneficiará a quienes fueron procesados bajo estos preceptos.
El ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá, ponente del caso, recordó la declaración de inconstitucionalidad emitida por la Primera Sala en octubre de 2023, al amparar a una mujer. Señaló que los artículos en cuestión obligan a las mujeres a la maternidad, violentando su derecho al bienestar físico, mental y social, incluyendo el control sobre su salud y cuerpo. El ministro enfatizó que, en lugar de brindar apoyo, estas leyes impiden la plena realización de las mujeres y las exponen a abortos en condiciones inseguras, poniendo en riesgo su salud y vida.
Los artículos impugnados establecían penas de seis meses a tres años de prisión por ayudar, practicar o consentir un aborto, con una excepción para casos de violación dentro de los primeros 90 días de gestación.
La declaratoria general de inconstitucionalidad entrará en vigor tras la notificación al Congreso del Estado de Chihuahua y tendrá efectos retroactivos, beneficiando a mujeres, personas con capacidad de gestar, médicos y personal de salud investigados, procesados o condenados por la práctica de un aborto con consentimiento. Esta decisión representa un importante avance en la protección de los derechos reproductivos de las mujeres en Chihuahua.
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