Un juez de control del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México vinculó a proceso a Juan Jesús “N”, velador de la Torre Murano ubicada en avenida Revolución 829, por su probable responsabilidad en el delito de feminicidio en agravio de Edith Guadalupe, de 21 años de edad, y le impuso la medida cautelar de prisión preventiva oficiosa.
Durante la reanudación de la audiencia, el agente del Ministerio Público de la Fiscalía de Feminicidios de la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México presentó los datos de prueba recabados en la investigación, entre ellos indicios biológicos localizados en la caseta de vigilancia, la recuperación de objetos personales de la víctima y registros de videograbación que, según la acusación, presentan alteraciones y cortes en al menos cuatro momentos distintos.
De acuerdo con la representación social, el imputado es el principal y único sospechoso del crimen ocurrido luego de que la joven acudiera el 15 de abril al inmueble por una supuesta oferta de empleo.
La defensa de Juan Jesús “N”, integrada por los abogados Julián González y Jesús Briones, argumentó inconsistencias en la carpeta de investigación.
Señalaron que no existe evidencia concluyente sobre una posible relación entre víctima e imputado, ni peritajes completos sobre dispositivos telefónicos que permitan establecer comunicación entre ambos.
Asimismo, cuestionaron la hipótesis de la Fiscalía respecto a la manipulación de cámaras de videovigilancia, al señalar que el sistema presuntamente fue apagado antes de la llegada de la víctima, lo que, a su juicio, debilita la imputación directa contra el acusado.
Como parte de su estrategia, la defensa presentó al perito en criminalística Salvador Miguel Martínez, quien sostuvo que el arma utilizada no corresponde con la descrita por el Ministerio Público.
Explicó que, con base en el protocolo de necropsia, la lesión mortal presenta características compatibles con un objeto punzocortante, como un cuchillo, y no con un desarmador, como se planteó inicialmente.
El especialista también puso en duda el tiempo estimado de muerte señalado por la Fiscalía, al considerar que las manchas hemáticas no coinciden con un periodo de aproximadamente 38 horas posteriores al fallecimiento.
Pese a los argumentos de la defensa, el juez de control determinó que existen elementos suficientes para iniciar proceso penal contra el imputado, por lo que ratificó la prisión preventiva oficiosa y fijó un plazo de tres meses para el cierre de la investigación complementaria.
Finalmente, la defensa solicitó al juzgador instruir medidas de protección al interior del sistema penitenciario, al advertir que el acusado se encuentra en condición de vulnerabilidad debido a la naturaleza del delito y a su reclusión en el Reclusorio Oriente.
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