La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), a instancias de la Ministra Yasmín Esquivel Mossa, eliminó requisitos que obstaculizaban la atención médica a víctimas de violación que optan por la interrupción de su embarazo.
La legislación de Tlaxcala exigía la presentación de denuncias o el inicio de procesos legales ante el Ministerio Público como condición para acceder a servicios de salud tras una violación. Esta resolución judicial obliga a las instituciones de salud a proporcionar atención inmediata y sin trabas, reconociendo la urgencia que revisten los casos de violencia sexual.
Adicionalmente, el Pleno determinó que las menores de edad tienen la autonomía para decidir sobre su salud reproductiva después de una agresión sexual, pudiendo acceder a métodos anticonceptivos de emergencia sin necesidad de autorización por parte de sus tutores.
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