La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha rechazado definitivamente la controversia constitucional presentada por la Cámara de Diputados contra el decreto que declara obras emblemáticas del gobierno de Andrés Manuel López Obrador como de seguridad nacional e interés público. La decisión, tomada por unanimidad, ratifica la resolución previa de la Ministra Loretta Ortiz Ahlf de desechar la controversia por falta de interés legítimo.
El recurso, impulsado por el entonces presidente de la Cámara de Diputados, Santiago Creel Miranda, impugnaba la designación del Tren Maya, el Corredor Interoceánico del Istmo de Tehuantepec, y los aeropuertos de Palenque, Chetumal y Tulum como obras de seguridad nacional. Este decreto, promulgado durante el sexenio pasado, declara de interés público la construcción, operación y administración de la infraestructura de estos proyectos.
En su resolución, la Ministra Lenia Batres Guadarrama, quien presentó el proyecto aprobado por la Segunda Sala, argumentó que el Congreso no puede demandar una invasión de competencias si el Ejecutivo emite normas en el marco de sus facultades. Cualquier excedencia en el ejercicio de la facultad reglamentaria del Ejecutivo, según el proyecto, debería ser impugnada a través de una acción de inconstitucionalidad, no mediante una controversia constitucional. La decisión de la Suprema Corte cierra definitivamente este capítulo legal en torno a la clasificación de las obras como de seguridad nacional.
