La Comisión de Puntos Constitucionales, presidida por el diputado Juan Ramiro Robledo Ruiz (Morena), aprobó modificar la Constitución Política para prohibir la producción, distribución, comercialización y enajenación de cigarrillos electrónicos, vapeadores y otros dispositivos electrónicos análogos, con el fin de proteger la salud pública.
Además, se decidió incluir en el artículo 4º constitucional la prohibición de producir, distribuir y enajenar sustancias tóxicas, precursores químicos y drogas sintéticas no autorizadas, como el fentanilo en su uso ilícito. También se establece en el artículo 5º que quedan prohibidas las actividades relacionadas con estos productos y sustancias.
El dictamen, originado de una iniciativa presentada el 5 de febrero de 2024 por el Ejecutivo Federal y respaldado por diversas iniciativas de legisladores, fue aprobado en lo general con 24 votos a favor y 2 en contra; y en lo particular, con 21 votos a favor, 15 en contra y 0 abstenciones. Ahora, será enviado a la Mesa Directiva para su trámite constitucional.
En los artículos transitorios se establece que, a partir de la entrada en vigor de este decreto, se derogan todas las disposiciones legales que se opongan a su contenido. Además, el Congreso de la Unión deberá armonizar las leyes en un plazo de 180 días, y las legislaturas estatales tendrán 365 días para adecuar sus normativas.
Se especifica que los costos asociados a la implementación del decreto se cubrirán con los
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