La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) dio un golpe a las arcas del Club Deportivo Guadalajara. La Corte rechazó el amparo solicitado por Chivas de Corazón, filial del equipo de futbol, y confirmó la obligación de pagar tres multas por un total de 5 millones 680 mil pesos, impuestas por la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco).
La sanción se deriva de las denuncias presentadas por fallas en la transmisión del canal de paga Chivas TV, durante el partido de futbol entre Guadalajara y Monterrey, disputado el 23 de julio de 2015.
El 25 de julio de 2015, la Profeco solicitó a Chivas de Corazón información sobre las fallas presentadas en su plataforma de internet (www.chivastv.mx). La empresa respondió que se entregaría un cupón para acceder a otro partido como compensación por las fallas y que, debido a la saturación de la plataforma, se abrió la señal a todo público.
Sin embargo, la Profeco, tras realizar un monitoreo del sitio electrónico de la empresa, constató que los «Términos y condiciones de uso» no se cumplieron, y el 12 de agosto de 2016, inició el procedimiento sancionador por la falta de bonificación y compensación a los usuarios.
La Corte, por unanimidad, avaló el proyecto del ministro Alberto Pérez Dayán, quien argumentó que la norma que regula este tipo de servicios obliga a los proveedores a no incurrir en prácticas engañosas o arbitrarias en perjuicio de los consumidores.
El fallo de la Corte deja claro que las empresas que ofrecen servicios de transmisión por internet deben cumplir con las normas de protección al consumidor, y que no se pueden escudar en la saturación de la plataforma para evadir sus responsabilidades.
Chivas de Guadalajara deberá ahora hacer frente a las multas impuestas por la Profeco, un nuevo golpe para el equipo que se suma a las recientes dificultades en el terreno de juego.