CDMX

Hasta nueve años de cárcel a quien falsifique alimentos

El PRI en el Congreso de la Ciudad de México propuso penas de entre tres y nueve años de prisión, además de multas de cien a mil salarios mínimos, a quien altere, falsifique o comercialice alimentos, bebidas no alcohólicas o cualquier otras sustancia o producto de uso humano, que ponga en peligro la salud.

Por ello, la diputada priista, Guadalupe Barrón Hernández presentó al pleno del Congreso Local una Iniciativa dirigida al Congreso de la Unión para reformar el artículo 464 de la Ley General de Salud, de tal manera que “al que por sí o por interpósita persona, teniendo conocimiento o a sabiendas de la alteración, falsificación, contaminación de alimentos, bebidas no alcohólicas o cualquier otra sustancia o producto de uso o consumo humano, con peligro para la salud, los comercialice o distribuya con fines de lucro, se le aplicará de tres a nueve años de prisión y multa equivalente de cien a mil días de salario mínimo general vigente en la zona económica de que se trate”.

En su exposición de motivos, la legisladores señaló que en los últimos años se han evidenciado la falsificación y comercialización ilegal de alimentos adulterados; de acuerdo con la Confederación de Cámaras Nacionales de Comercio, Servicios y Turismo (Concanaco-Servytur), el fraude alimentario representa una pérdida equivalente a 500 millones de pesos anuales.

Refirió que, desde inicios del año pasado, se dio a conocer a través de diversos medios de comunicación el hallazgo de una fábrica ilegal de bebidas carbonatadas, situación que se sospecha afectó a la Zona Centro de la Ciudad de México, la Central de Abastos de la Ciudad de México, el Municipio de Nezahualcóyotl y el Municipio de Chalco por nombrar algunos.

En este contexto, la representante popular por la alcaldía Cuajimalpa apuntó que la distribución y fabricación de alimentos falsificados o adulterados, no solo pone en riesgo la economía del país, sino que además representa un problema de salud pública, pues el consumo cotidiano de estos productos produce un deterioro considerable en la salud de las personas, al no cumplir con los estándares mínimos de calidad y control.

Aseveró que los productos fraudulentos no se detienen en bebidas carbonatadas, sino que la venta de productos de consumo falsificados se diversifica en productos que van desde chiles, galletas, cereales, mayonesa, crema ácida, atún, leche y hasta suavizante de ropa.

Mencionó que la Iniciativa tiene como objetivo incrementar las sanciones previstas en la Ley General de Salud, con la finalidad de restaurar la pérdida económica, pero principalmente el deterioro a la salud de las personas que consumen los productos alterados sin su consentimiento.

Asimismo, se busca ampliar la tipificación para contemplar a las personas que colaboren en la comercialización y distribución de alimentos o productos de consumo humano, adulterados, diluidos o falsificados, con la finalidad de obtener una ganancia económica ilícita.

Lo anterior, dijo, con independencia de la responsabilidad civil, penal o administrativa a la que sean acreedores por violentar derechos de autor, pues la ausencia de la especificación sobre la comercialización y distribución deja una laguna legal que puede ser perjudicial en materia penal de conformidad con el artículo 14 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que dispone que en materia penal nadie puede ser juzgado por hechos que la ley no señale de manera exacta como delitos.

La iniciativa se turnó para su análisis y dictamen a la Comisión de Salud.

Eduardo Yañez

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