La Secretaría de Salud del Gobiero de México publicó un acuerdo en el que se establen acciones de simplificación para trámites que se realizan ante la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (COFEPRIS).
En el Diario Oficial de la Federación (DOF), el titular de la dependencia, David Kershenobich explica que se elimina la obligación de pesentar de manera física los requisitos de al menos 29 trámites; aunque, dijo, la información indispensable contenida en ellos deberá ser aportada en línea.
Algunos de los trámites en que se eliminan condicionantes en los permiso sanitario de importación como son: de materias primas o para medicamentos que no sean o contengan estupefacientes o psicotrópicos; de medicamentos destinados a tratamientos especiales (enfermedades de baja incidencia con repersución social); de medicamentos destinados a donación; medicamentos y materias primas destinados a pruebas de laboratorio; de remedios herbolarios; de dispositivos médicos que cuenten con registro sanitario (aparatos de rayos x, válvulas cardíacas, prótesis internas, marcapasos, prótesis, entre otros).
Así como de permiso sanitario de importación como son: dispositivos médicos para investigación de humanos; permiso de salida del territorio nacional de célular y tejidos incluyendo sangres y sus componentes; solicitud de modificación o pórroga del permiso sanitario de productos del tabaco.
Kershenobich apuntó que también se fusionan un total de nueve trámites relacionadas con la importación de productos de tabaco; medicamenos y materias primas destinados a investigación en humanos; medicamentos destinados a donación.
Refirió que con esto se implementa la reducción de tiempo de resolución de lo mencionados pues en algunos pasará de 40 a 30 minutos.
Cabe destacar que esto entrará en vigor en 180 días días hábiles para los trámites que se presentan a través de la Ventanilla Digital Mexicana de Comercio Exterior, y en 30 días hábiles para aquellos que que se realicen de manera presencial y que estén vinculados con la importación de productos, medicamentos, dispositivos médicos o muestras destinadas al uso o consumo personal, así como para las Dependencias e Instituciones Públicas que importen insumos para la salud relacionados con la atención del abasto o la prevención de riesgos inminentes a la salud pública.





























