La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) emitió una resolución histórica al amparar a una trabajadora del Estado y ordenar al Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) que reconozca como derechohabiente a su hermano con discapacidad, al considerarlo su dependiente económico. La decisión, tomada por unanimidad, avala el proyecto de la ministra Yasmín Esquivel Mossa.
El caso surgió cuando la trabajadora solicitó la inclusión de su hermano como beneficiario del ISSSTE, argumentando que, debido a su discapacidad y al fallecimiento de sus padres, éste depende económicamente de ella. El ISSSTE rechazó la solicitud, basándose en que la ley vigente no incluye a los hermanos entre los familiares con derechohabiencia.
Sin embargo, la SCJN determinó que el artículo 6, fracción XII, de la Ley del ISSSTE, que excluye a los hermanos con discapacidad dependientes económicamente de un trabajador, es inconstitucional por ser discriminatorio. La Corte argumentó que esta exclusión viola el derecho a la salud y el acceso a servicios médicos y medicamentos.
Con esta resolución, el ISSSTE está obligado a revisar la solicitud de la trabajadora y otorgar a su hermano la derechohabiencia, garantizándole así el acceso a los servicios de salud que ofrece el instituto. La decisión sienta un precedente importante para la protección de los derechos de las personas con discapacidad y sus familiares. Se espera que este fallo impulse una revisión de la legislación del ISSSTE para incluir a los hermanos con discapacidad como posibles derechohabientes en casos de dependencia económica.
