La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha censurado la falta de acción de los Congresos de la Ciudad de México y Sinaloa en la legislación de salarios de funcionarios públicos, condenando la omisión de establecer topes salariales en relación con el salario del jefe de gobierno y el gobernador, respectivamente.
En una decisión con ocho votos a favor, el Pleno de la Corte exhortó al Congreso de Sinaloa a legislar al respecto. Sin embargo, la falta de consenso impidió un exhorto similar para la Ciudad de México. La Corte determinó que las leyes de ambas entidades carecen de criterios técnicos y objetivos para determinar las remuneraciones, violando el artículo 127 de la Constitución Federal.
En el caso de la Ciudad de México, la falta de una mayoría calificada (ocho votos) impidió declarar la inconstitucionalidad de los artículos 106, 107 y 110 de la Ley de Austeridad. No obstante, se invalidaron los artículos 276 Bis y 276 Ter del Código Penal local, que tipificaban como delito el pago excesivo a funcionarios.
La acción de inconstitucionalidad fue presentada por la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH). El ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá, ponente del caso, argumentó que la falta de parámetros objetivos en la determinación de salarios genera un efecto negativo en todo el sistema.
En el caso de Sinaloa, la Corte solo pudo declarar la invalidez de los artículos 19 al 23 de la Ley de Remuneraciones, relacionados con faltas administrativas. La ministra Lenia Batres Guadarrama expresó su preocupación por la lentitud de la Corte en resolver estos casos, reafirmando un punto de vista ya expresado en un caso similar con el Congreso de Guerrero. La decisión de la Corte subraya la necesidad urgente de una reforma legislativa en ambas entidades para asegurar la transparencia y la equidad en la remuneración de los servidores públicos.