La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha confirmado la constitucionalidad de los artículos del Código Penal de la Ciudad de México que penalizan el maltrato animal. Esta decisión rechaza la impugnación presentada por una practicante de la santería, quien argumentó que dichas leyes violaban su libertad religiosa.
La Corte, por unanimidad, apoyó el proyecto del ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá, negando el amparo a la mujer. La santera alegaba que los rituales de su religión implican la inmolación de animales como parte de ceremonias de veneración y posterior consumo por los participantes. Consideraba que la reforma de 2023 a los artículos 350 Bis y 350 Ter del Código Penal, que castigan el maltrato y sacrificio animal, interfería con su práctica religiosa, argumentando que «sin inmolación no hay religión».
El ministro Alcántara Carrancá aclaró que, si bien el artículo 24 constitucional protege la libertad religiosa, las leyes de la CDMX no violan esta garantía. Los artículos impugnados buscan proteger a los animales, no prohibir una religión específica. La Corte enfatizó que las entidades federativas tienen la competencia para regular aspectos relacionados con la vida animal, incluso aquellos no directamente relacionados con la protección ambiental.
El artículo 350 Bis establece penas de prisión de hasta tres años por maltrato animal, con sanciones más severas si se pone en peligro la vida del animal o se le causan lesiones graves. El artículo 350 Ter contempla penas de dos a seis años de prisión por la muerte dolosa de un animal, con mayores sanciones si se utilizan métodos que causan sufrimiento extremo.
La santera también argumentó que las leyes criminalizaban su religión y generaban discriminación. Sin embargo, la Corte determinó que las leyes se crearon para abordar el problema del maltrato animal en la Ciudad de México, sin importar el contexto en que ocurra, incluyendo prácticas religiosas. La SCJN concluye que la protección animal prevalece sobre la práctica religiosa que implique crueldad animal. Esta decisión refuerza el compromiso de la Ciudad de México con la protección animal y establece un precedente legal importante.