En una decisión histórica, la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ordenó la inmediata liberación de Juana Hilda González Lomelí, quien había sido condenada a 78 años de prisión por el secuestro y homicidio de Hugo Alberto Wallace. La resolución, alcanzada con cuatro votos a favor y uno en contra, concede un amparo liso y llano a González Lomelí, quien ha permanecido encarcelada durante 19 años. La liberación se debe a la anulación de las pruebas presentadas por la Fiscalía, obtenidas mediante tortura, lo que constituye una violación al debido proceso.
El ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, quien propuso el amparo, argumentó que las confesiones obtenidas bajo tortura el 6 y 21 de febrero de 2006, durante el arraigo de González Lomelí, son nulas. Consecuentemente, se invalidan también las pruebas derivadas de estas confesiones, incluyendo los cateos realizados el 14 y 26 de febrero de 2006 en los domicilios de la acusada y su coimputada Brenda Quevedo Cruz.
La SCJN determinó que, sin estas pruebas clave, no existe evidencia suficiente para vincular a González Lomelí con el secuestro de Hugo Wallace más allá de toda duda razonable. Si bien se reconoce la existencia de un altercado en un departamento la noche del 11 de julio de 2005, y que González Lomelí conocía a la víctima, la Corte considera que estas circunstancias no son suficientes para sustentar una condena. La Sala enfatizó la ausencia de pruebas que vinculen directamente a González Lomelí con Wallace el día de su desaparición.
Esta decisión también implica la anulación de la sentencia por delincuencia organizada y posesión de armas de fuego. La solicitud de la Fiscalía General de la República (FGR) para aplazar la discusión y declarar impedido al ministro Ortiz Mena fue rechazada.
El Instituto Federal de Defensoría Pública (IFDP) celebró la resolución, destacando su trascendencia para el sistema de justicia penal. El IFDP argumenta que la decisión debe tener efectos inmediatos en los casos de otros implicados en el caso Wallace: César Freyre, Albert y Tony Castillo, Brenda Quevedo y Jacobo Tagle, cuyos procesos se basaron en las mismas pruebas ahora declaradas nulas. Se espera que esta resolución marque un precedente importante en la lucha contra la tortura y la protección de los derechos humanos en el sistema judicial mexicano.
