El pleno del Tribunal Electoral de la Ciudad de México (TE CdMx) revocó el acuerdo de la Comisión Permanente de Quejas del Instituto Electoral capitalino, que dictó medidas cautelares en las que pidió a diversos actores políticos de Morena evitar relacionar en sus publicaciones en redes sociales a Santiago Taboada con el denominado Cártel Inmobiliario.
En sesión virtual, los magistrado del TE CdMx desecharon iniciar procedimientos sancionadores por las conductas de “denigración o campañas negativas”, puesto que están no están prohibidas en la Constitución local.
Asimismo, ordenó a los consejeros electorales de la Comisión de quejas a que de nueva cuenta analicen y discutan pero en esta ocasión de manera individual cada una de las 17 publicaciones realizadas por morenistas y funcionarios públicos para determinar si hay calumnia en ellas.
Lo anterior, lo deberán hacer en un lapso de tiempo de 48 horas, y es que señalaron que para conformar calumnia debe hacerse una conducta pues “a emisión de frases aisladas o hashtags como «#SantiagoTajada; «#Cártelinmobiliario, entre otros, requerirían un análisis mayor para determinar si constituyen calumnia”.
“La Comisión valoró de forma conjunta y generalizada el contenido de las publicaciones denunciadas respecto de las cuales considero que existían los elementos objetivos y subjetivos y el impacto temporal de las publicaciones realizadas en las redes Facebook, YouTube y X, de las cuales ordenó el retiro. Sin embargo, tal como se considera el proyecto, la autoridad responsable tenía la obligación de realizar, en un primer momento, una valoración intrínseca del contenido de cada publicación o propaganda denunciada y posteriormente, en un segundo momento, analizar el hecho denunciado en el contexto en que se presenta”, precisó.
La resolución del IECM fue impugnada por Mario Delgado, Citlali Hernández, Sebastián Ramírez, Fadlala Akabani, Leticia Varela, César Cravioto, Dunia Ludlow y Ernestina Godoy.