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Tribunal ordena dar pensión de viudez y orfandad a mujer y su hijo

 

 

El Primer Tribunal Laboral Federal de Asuntos Individuales en el Estado de Jalisco, con sede en Zapopan, emitió una sentencia condenatoria a favor de una viuda y sus tres hijos, ordenando al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) que les otorgue pensiones por viudez y orfandad, respectivamente. El juez de Distrito Especializado en Materia de Trabajo, Nahúm Bautista Gallardo, ha establecido un plazo de 15 días hábiles para que el Instituto cumpla con la sentencia.

La esposa del fallecido trabajador había solicitado al IMSS las pensiones por viudez y orfandad para sus tres hijos menores, junto con otras prestaciones en materia de seguridad social. El Instituto argumentó que ni ella ni sus hijos tenían derecho a las prestaciones reclamadas, ya que el fallecido no había reactivado sus derechos según lo establecido en la Ley del Seguro Social.

El juez Nahúm Bautista Gallardo analizó el caso a la luz del derecho humano a la seguridad social, determinando que la solicitud de la viuda era procedente. Aunque el trabajador no había cumplido con las 52 semanas necesarias para reactivar sus derechos, al momento de su muerte contaba con más de 150 semanas cotizadas, lo que les otorgaba a la viuda y a sus hijos el derecho a las pensiones solicitadas.

El juez aplicó una jurisprudencia de la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, que establece que la Ley del Seguro Social vulnera el derecho fundamental a la seguridad social al no prever la reactivación de derechos para trabajadores que fallecen sin haber cotizado las 52 semanas requeridas después de reincorporarse al régimen obligatorio.

La sentencia también especifica que uno de los hijos recibirá pensión por orfandad hasta cumplir los 16 años de edad, mientras que los otros dos recibirán la pensión hasta esa edad, siempre y cuando demuestren estar estudiando o no puedan mantenerse por su propio trabajo debido a circunstancias específicas.

Eduardo Yañez

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