Un Tribunal Federal ordenó que Petróleos Mexicanos (Pemex) proceda a expropiar tres hectáreas de terreno en Jalisco que ha estado utilizando desde 1997 para la instalación de un poliducto. Además, se ha dictaminado que la paraestatal debe indemnizar al Ejido de Tololotlán por la ocupación de dicha superficie.
El Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Tercer Circuito otorgó un amparo al Ejido, argumentando que el contrato de ocupación superficial entre el Ejido y Pemex presentaba vicios de consentimiento. Por lo tanto, Pemex deberá llevar a cabo la expropiación y compensar al Ejido por la totalidad de la superficie ocupada.
Se documentó pericialmente que el Ejido ha sufrido un detrimento injustificado en su patrimonio al ser privado del uso y disfrute de una superficie diez veces mayor a la contratada inicialmente. La mayoría de votos del Tribunal Colegiado ha concedido protección a la justicia federal al Ejido, ordenando la anulación del contrato de ocupación y la declaración de nulidad del mismo.
El Ejido de Tololotlán presentó una demanda en la vía agraria solicitando la nulidad del contrato de ocupación superficial firmado en 1997 con Pemex, argumentando la pérdida de uso de una superficie mucho mayor a la acordada. Por su parte, Pemex planteó la acción de reconocimiento de servidumbre de hecho sobre la porción de terreno utilizada para el ducto de transporte de petróleo.
Tras un proceso legal, el Tribunal Unitario Agrario determinó la improcedencia de las acciones presentadas, lo que llevó al Ejido a buscar amparo directo. El Tribunal Colegiado ha destacado la importancia del Ejido como entidad con personalidad jurídica y patrimonio propio, resaltando los principios constitucionales de no discriminación y protección de los sectores vulnerables.
En su resolución, el Tribunal ha subrayado que el Ejido sufrió un detrimento injustificado en su patrimonio y no recibió la asesoría adecuada por parte de la Procuraduría Agraria. Se evidenció que la ocupación de la superficie ejidal por parte de Pemex no fue temporal, como se argumentaba, sino definitiva, lo que ha llevado a la orden de expropiación y compensación al Ejido de Tololotlán.
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