Revocan amparos a empresas contra reforma eléctrica

Suprema Corte Revoca Amparos a Empresas que Impugnaron la Ley de la Industria Eléctrica

 

 

 

 

La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) revocó por unanimidad los amparos otorgados a ocho empresas que impugnaban la Ley de la Industria Eléctrica (LIE). Esta decisión se basa en la reforma constitucional que prioriza a la Comisión Federal de Electricidad (CFE) sobre las compañías privadas en el sector energético.

 

Las empresas afectadas son Peñoles, Salitrillos, Parque Solar Villanueva, Parque Solar Don José, Productora Nacional de Papel, Alimentos Sello Rojo, Munisol y Promotora V.A. de C.V. La ministra Lenia Batres Guadarrama, en seis proyectos de resolución, argumentó que la reciente reforma constitucional impide la materialización de la protección otorgada previamente a estas empresas a través de los amparos.

 

La reforma, publicada el 31 de octubre en el Diario Oficial de la Federación (DOF), modificó los artículos 25, 27 y 28 de la Constitución, estableciendo la supremacía de la CFE. Esto anula los argumentos de las empresas, que alegaban que la LIE violaba los principios de libre competencia y sustentabilidad en el mercado eléctrico. El amparo obtenido por Peñoles, por ejemplo, se basaba en la presunta ventaja otorgada a la CFE por el artículo 126, fracción II de la LIE. Sin embargo, la Segunda Sala determinó que la reforma constitucional ha modificado el parámetro de regularidad, priorizando la empresa pública estatal.

 

La SCJN argumenta que ordenar a las autoridades que apliquen normas derogadas, en un contexto de mercado competitivo, contradice la reforma constitucional que prioriza la CFE. La sentencia también cita el artículo 107, fracción II, párrafo primero, de la Constitución (vigente a partir del 16 de septiembre de 2024), que establece que las sentencias que declaren la inconstitucionalidad de normas no pueden tener efectos generales en casos de amparo.

 

Esta decisión de la SCJN sigue a una resolución similar del 27 de noviembre de 2024, donde se sobreseyeron cinco amparos contra la LIE por la misma razón. La reforma constitucional, si bien permite la participación de particulares en el sector eléctrico, modifica el enfoque de eficiencia y libre competencia, dando prevalencia a las empresas públicas. Esta decisión genera incertidumbre sobre el futuro de la inversión privada en el sector energético mexicano.

Eduardo Yañez

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