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22 Nov 2024 1:37 am

CDMX

Corte ratifica constitucionalidad del etiquetado frontal y niega amparo a empresa de refrescos

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) rechazó otorgar un amparo a la empresa «Desde el Corazón del Fruto», responsable de marcas de refrescos como Sangría Señorial, Chaparritas, PEP y Barrilitos, la cual impugnó el nuevo etiquetado frontal. Esta medida, implementada en 2020, tiene como objetivo disuadir a la población del consumo de productos no saludables.

Por unanimidad, el Pleno de la Corte respaldó el proyecto de la ministra Yasmín Esquivel Mossa, que propuso negar el amparo a la compañía. Los ministros reafirmaron su criterio sobre la constitucionalidad de la reforma a la Ley General de Salud y la modificación a la Norma Oficial Mexicana NOM-051-SCFI/SSA1-2010, vigente desde el 27 de marzo de 2020.

La empresa argumentó que no existen conclusiones definitivas sobre los daños que los edulcorantes pueden causar en menores de edad. Sin embargo, la ministra Esquivel señaló en su proyecto que la posibilidad de tales daños justifica la adopción de medidas para reducir su consumo y proteger la salud de los niños.

La Corte también recordó que el interés superior de los niños implica que el desarrollo y ejercicio pleno de sus derechos deben ser considerados en la elaboración y aplicación de normas relacionadas con su vida.

Por otro lado, la discusión del amparo promovido por la empresa Herdez, que presenta marcas como McCormick, Del Fuerte y Nutrisa, quedó pendiente para el 22 de abril, ya que presentó pruebas de que sus productos no contienen edulcorantes.

La presidenta de la Corte, Norma Piña, explicó que solo Herdez demostró mediante el empaque de sus productos que no utiliza edulcorantes. Algunos ministros propusieron declarar el sobreseimiento parcial por falta de interés jurídico de la demanda, pero la ministra ponente decidió retirar el proyecto para darle vista a las partes.

En los próximos días, la Corte analizará las cuestiones de constitucionalidad planteadas en la demanda. Ayer, en un caso similar, la Corte rechazó amparar a la empresa Santa Clara Mercantil de Pachuca, que también impugnó la reforma del etiquetado frontal.

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