La Comisión Ambiental de la Megalópolis informó que continúa la Fase I de contingencia ambiental atmosférica por ozono en la ZMVM y sus medidas, con el fin de proteger la salud de la población y prevenir la exposición a niveles altos de ozono. Se recuerda a la población mantenerse informados sobre la calidad del aire y evitar hacer actividades cívicas, culturales y de recreo, así como ejercicio en exteriores entre las 13:00 y 19:00 horas.
El Sistema de Monitoreo de la Calidad del Aire de la Ciudad de México informa que, el sistema de alta presión que aún persiste en el centro del país, propiciará condiciones adversas para la dispersión de los contaminantes en el Valle de México, debido a que el viento será débil y de dirección variable.
Estas condiciones junto la limitada formación de nubes hasta las 15:00 horas, radiación solar intensa y una temperatura máxima de 33 grados Celsius, provocarán el estancamiento de los precursores del ozono y la formación del mismo. Con estas condiciones se estima que la calidad del aire en la ZMVM estará dentro del rango de Mala a Muy Mala calidad del aire.
Se recuerdan las restricciones y exenciones a la circulación en el Sector Transporte:
Hoy martes 14 de mayo, deberán suspender su circulación, en horario de las 5:00 a las 22:00 horas:
1. Los vehículos de uso particular con holograma de verificación 2.
2. Los vehículos de uso particular con holograma de verificación 1, cuyo último dígito
numéricosea 0,2,4, 6,7y8.
3. Los vehículos de uso particular con holograma de verificación 00 y 0, engomado rosa, terminación de placa 7 y 8.
4. Las unidades que no porten holograma de verificación, como los vehículos antiguos,
de demostración o traslado, nuevos, los que tienen pase turístico, placas foráneas o con placas formadas por letras, les aplica la misma restricción que a los vehículos que portan holograma 2.
5. Restricción a la circulación del 50% de las unidades de reparto de gas L.P. a tanques estacionarios, que no cuenten con válvula de desconexión seca, cuya terminación de matrícula sea PAR.
6. Los vehículos de carga local o federal, dejan de circular entre las 6:00 y las 10:00 horas, con excepción de aquellos que se encuentren en el Programa de Autorregulación de la CDMX o del EDOMEX.
7. Los taxis con holograma de verificación “00”, “0”, “1” o “2” que deban dejar de circular de acuerdo a las disposiciones indicadas en los incisos 1), 2), y 3), les aplicará la restricción a la circulación de las 10:00 a las 22:00 horas.