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21 Sep 2024 11:54 am

CDMX

Corte no avala propuesta de Lenia Batres sobre fideicomisos del Poder Judicial

La Segunda Sala de la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) rechazó un proyecto que buscaba revocar una suspensión definitiva, deteniendo así la extinción de 13 fideicomisos del Poder Judicial de la Federación (PJF) y el traslado de más de 15 mil millones de pesos a la Tesorería y la Secretaría de Hacienda.

 

La medida, impulsada por la ministra Lenia Batres Guadarrama, no contó con el respaldo unánime de la sala, cuyo criterio priorizó mantener vigente la suspensión.

 

El proyecto de Batres argumentaba la necesidad de revocar la suspensión para destinar recursos a la reconstrucción de Acapulco tras el paso del huracán Otis.

 

Sin embargo, la mayoría de la sala consideró que la medida cautelar debía mantenerse, dado que no se afectaba el interés social ni se contravenían disposiciones de orden público.

 

En su intervención, Batres criticó la decisión previa de otorgar la suspensión al magistrado jubilado Filiberto Javier Mijangos Navarro, argumentando la falta de interés legítimo y la extralimitación de la juez que la concedió. Sin embargo, el ministro Luis María Aguilar Morales destacó que la suspensión debía garantizarse siempre que no perjudicara el interés social, sugiriendo que los fondos podrían obtenerse de otras partidas presupuestales.

 

El recurso de revisión fue presentado por la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal y la Cámara de Diputados, impugnando la resolución del juzgado Segundo de Distrito en el Estado de Morelos, que concedió la suspensión definitiva con efectos generales en el juicio de amparo promovido por Mijangos Navarro.

 

Aunque Batres propuso declarar fundados los agravios presentados por el presidente de la República, su proyecto no prosperó. La consejería argumentó que Mijangos no tenía interés legítimo para combatir el decreto de extinción de los fideicomisos, dado que ya no formaba parte del Poder Judicial.

 

La decisión de la Segunda Sala de la CSJN refleja un desacuerdo sobre la procedencia de la suspensión definitiva, dejando pendiente el destino de los fideicomisos del PJF y los recursos asociados.

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