Connect with us

Hola ¿qué estas buscando?

3 Apr 2025 5:09 pm

Estados

Mañana jueves inicia veda electoral: IECM

 

Desde el inicio del primer minuto de este jueves 30 de mayo, se requiere que los partidos políticos y las candidaturas detengan cualquier acto público y la difusión de elementos propagandísticos con propósitos proselitistas en cumplimiento con el inicio del periodo de veda electoral establecido en el Código de Instituciones y Procedimientos Electorales de la Ciudad de México.

“Las campañas electorales deberán concluir tres días antes de celebrarse la jornada electoral.

El día de la jornada electoral y durante los tres días anteriores no se permitirá la celebración ni la difusión de reuniones o actos públicos de campaña, de propaganda o de proselitismo electorales”, establece el artículo 396 de dicho Código.

Por lo tanto, el Instituto Electoral de la Ciudad de México (IECM) hizo un atento recordatorio de que quedan prohibidas, a partir de este jueves 30 de mayo, las reuniones públicas, debates, asambleas, visitas, marchas y en general aquellos actos en los que las candidaturas se dirijan al electorado para solicitar el voto a su favor.

Adicionalmente, el artículo 410 del Código local establece que en el periodo de veda electoral queda prohibido publicar o difundir por cualquier medio los resultados de encuestas o sondeos de opinión que tengan por objeto dar a conocer las preferencias electorales de la ciudadanía.

El Artículo 7 de la Ley General en Materia de Delitos Electorales indica que se impondrá de 50 a 100 días multa y prisión de 6 meses a 3 años a quien publique o difunda por cualquier medio los resultados de encuestas o sondeos de opinión que tengan por objeto dar a conocer las preferencias electorales de los ciudadanos.

Asimismo, en el artículo 9 fracciones I y II de dicha Ley, se señala que se impondrá de 100 a 200 días de multa y prisión de 2 a 6 años a la persona funcionaria partidista o titular de una candidatura que el día de la elección o en alguno de los tres días anteriores a la misma (Veda electoral) induzca al electorado a sufragar por alguien o abstenerse de hacerlo. La misma sanción aplica si se realiza o distribuye propaganda electoral el día de los comicios.

Anuncio

Facebook

PODRÍA GUSTARTE

Estados

      Un juez federal vinculó a proceso a José Gregorio Lastra Armida, “El Lastra”, quien fue señalado por el gabinete de seguridad...

CDMX

      En el marco de las celebraciones por el Día Mundial del Teatro y Tiempo de Mujeres, Festival por la Igualdad 2025,...

CDMX

      A la “Noche de Primavera 2025”, primer evento de descentralización de la cultura en la Ciudad de México, asistieron más de...

CDMX

    La Subsecretaría de Control de Tránsito, de la Secretaría de Seguridad Ciudadana (SSC) de la Ciudad de México, llevó a cabo la...