La ministra de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), Lenia Batres Guadarrama, presentará un proyecto para que las autoridades de Oaxaca traduzcan íntegramente la Ley Estatal de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia de Género (LEAMVLV) al zapoteco. Esta propuesta surge de un amparo interpuesto por María Fernanda Hernández Morales, una mujer zapoteca, quien argumentó la omisión de las autoridades en traducir y difundir la ley en las lenguas indígenas del estado.
La jueza Segundo de Distrito en Oaxaca, Claudia Citlali Fuentes Flores, ya había ordenado la traducción y difusión de una síntesis de la ley al zapoteco del Valle de Oaxaca. Sin embargo, Hernández Morales recurrió la decisión, demandando una traducción completa del texto legal.
El proyecto de la ministra Batres Guadarrama, que se discutirá el 6 de agosto en la Segunda Sala de la SCJN, argumenta que la omisión vulnera derechos fundamentales de las mujeres indígenas, incluyendo el derecho de acceso a la información, el principio de igualdad y el derecho a una vida libre de violencia en su propia lengua y cultura. El proyecto cita el artículo cuarto constitucional, que garantiza el derecho a una vida libre de violencia y el deber del Estado de proteger a las mujeres, especialmente a las indígenas. También se invoca la obligación de promover la igualdad de oportunidades y eliminar la discriminación contra los pueblos indígenas.
La ministra destaca la gravedad de la violencia contra las mujeres como una expresión de discriminación y cita la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) y la Convención Americana sobre Derechos Humanos (Pacto de San José) para respaldar el derecho a la difusión oral de información en la lengua propia. El proyecto argumenta que la traducción completa de la LEAMVLV al zapoteco es una obligación constitucional y convencional, considerando derechos como el de la lengua propia, la no discriminación, la pluriculturalidad y la libre determinación de los pueblos indígenas.
De aprobarse el proyecto con cuatro votos, se sentará jurisprudencia y se obligará a la Secretaría de Interculturalidad, Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas (SIPCIA), la Secretaría de la Mujer del Estado (Semujeres), y el Instituto Nacional de Lenguas Indígenas (INALI) a realizar la traducción completa y accesible de la ley al zapoteco del Valle de Oaxaca. Esta decisión podría abrir la puerta para que otras comunidades indígenas soliciten la traducción de leyes a sus lenguas maternas.





























