La Comisión de Salud de la Cámara de Diputados aprobó el dictamen que prohíbe la venta de bebidas energéticas a menores de 18 años en establecimientos comerciales y mercantiles, toda vez que buscan prevenir enfermedades cardiovasculares y combatir problemas de adicción que deteriore la calidad de vida de la juventud.
Por lo que, los establecimientos que incumplan esta medida podrán ser acreedores a una sanción de hasta 226 mil 280 pesos.
Los integrantes de este grupo de trabajo, aprobaron por unanimidad esta reforma que adiciona fracciones a los artículos 215, 216 Ter y 419 de la Ley General de Salud.
Señalaron que el enfoque de la reforma es preventivo, de protección y de derechos humanos, asegurando que la niñez y adolescencia crezca libre de riesgos que comprometan su desarrollo integral.
“Estos instrumentos obligan al Estado a limitar la exposición de menores a productos nocivos, incluyendo bebidas con alto contenido de cafeína y azúcar”, puntualizaron.
El documento, que será enviado a la Mesa Directiva de San Lázaro para su discusión y aprobación en pleno, define a las bebidas energéticas como aquella “no alcohólicas adicionadas con la mezcla de cafeína y taurina o glucoronolactona o tiamina y/o cualquier otra sustancia que produzca efectos estimulantes similares”.
Cabe destacar que, la Secretaría de Salud deberá hacer las adecuaciones normativas que en el ámbito de sus funciones le correspondan, esto en 90 días.
Este dictamen es la conformación de las iniciativas presentadas por los diputados de Morena y del Partido Verde, Ricardo Monreal y José Luis Fernández Martínez, respectivamente.





























